#SALTA | NUEVAS MEDIDAS PARA LA CONFECCIÓN DE LOS REGISTROS DE LOS ALUMNOS EN LAS ESCUELAS y COLEGIOS
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La nueva orden del Ministerio de Educación indica dar cumplimiento a la Resolución N° 635/21 que establece:
“…garantizar las condiciones de igualdad, respetando las diferencias entre las personas SIN ADMITIR DISCRIMINACIÓN de género ni de ningún otro tipo, y el respeto de los derechos de los/as niños/as y adolescentes en el ámbito educativo, dispuestos en la Ley N° 26.061; y conforme al Artículo 1° de la Ley N° 26.743.
…Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, al libre desarrollo de su persona, y ser
identificada de ese modo rectificando el sexo, imagen y cambio de nombre en sus documentos personales a saber: la partida de nacimiento y Documento Nacional de Identidad…»
Por lo expuesto, remite una guia orientadora con lineamientos a tener en cuenta en el momento de la confección de los Documentos Institucionales:
Se debe confeccionar la nómina de alumnos por estricto orden alfabético SIN DISTINCIÓN DE MUJERES Y VARONES. Del mismo modo se deberán confeccionar los libros de inscripción, libros de calificaciones y los cuadernos auxiliares.
En la documentación administrativa que incluya el ítem “sexo”, se deberá respetar el GÉNERO AUTOPERCIBIDO por la persona, considerando (F) Femenino, (M) Masculino, (X) No Binario.
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