SE DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 159

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La norma, que lleva la firma del titular de la cartera, señor Matías Cánepa Outes, parte de una situación jurídica completamente irreal, cual es que los huelguistas «adeudan una carga laboral» al Estado, en virtud de lo cual, se les obliga a «devolver efectivamente» el trabajo que «deben», mediante la elaboración de un «plan de trabajo para la recuperación de clases» y la asistencia a sus lugares de trabajo los días sábado, diez días feriados y ocho días de «conmemoraciones».

La misma, además, establece un Plan de Recuperación que toma en consideración el Acta Acuerdo firmada en la Legislatura con la presencia de sus máximas autoridades y planteos realizados por distintos sectores docentes.

En los considerados de la Resolución, se señala que el objetivo es garantizar la recuperación de contenidos a los estudiantes que tuvieron interrumpida la prestación del servicio educativo, a partir de un Plan de Recuperación, que amplia opciones en relación a lo estipulado por la Resolución que se dejo sin efecto y toma antecedentes anteriores.

Cabe señalar que esta devolución de la prestación de servicios prevista en la norma, evita los descuentos salariales por días caídos.

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